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	<description>Publicación de reglamentos</description>
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		<title>Incendios domésticos</title>
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		<pubDate>Tue, 10 Jan 2012 16:33:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contra incendios]]></category>
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		<description><![CDATA[Si bien no es obligatorio tener extintores en las viviendas, el tener un extintor en casa nos puede librar de un buen susto, como al dueño de esta cocina al que uno de nuestros extintores libró de males mayores. Sólamente &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/incendios-domesticos/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Si bien no es obligatorio tener extintores en las viviendas, el tener un extintor en casa nos puede librar de un buen susto<a href="http://www.canolopera.info/wp-content/uploads/2012/01/clip_image002.jpg"><img class="size-medium wp-image-45 alignright" title="Cocina apagada con un extintor de Extintores Cano Lopera" src="http://www.canolopera.info/wp-content/uploads/2012/01/clip_image002-300x224.jpg" alt="Cocina apagada con un extintor de Extintores Cano Lopera" width="300" height="224" /></a>, como al dueño de esta cocina al que uno de nuestros extintores libró de males mayores.</p>
<p style="text-align: justify;">Sólamente recordar que, aunque no sea obligatorio tener un extintor en nuestro domicilio, en caso de tenerlo, es obligatorio revisarlo periódicamente por parte de un mantenedor autorizado. Como un coche, no es obligatorio tenerlo, pero si tenemos uno, debe estar al día la ITV.</p>
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		<title>Europa impone los cigarrillos que se apagan solos</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Nov 2011 07:17:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contra incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Incendios]]></category>
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		<description><![CDATA[Los cigarrillos que se comercialicen a partir del 17 de noviembre deberán incluir un sistema para que se apaguen solos en caso de que se dejen abandonados. La norma busca reducir en un 40% el número de muertes por incendios &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/europa-impone-los-cigarrillos-que-se-apagan-solos/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<blockquote><p>Los cigarrillos que se comercialicen a partir del 17 de noviembre deberán incluir un sistema para que se apaguen solos en caso de que se dejen abandonados. La norma busca reducir en un 40% el número de muertes por incendios ocasionados por cigarrillos sin apagar, según datos de la Comisión Europea.</p>
<p style="text-align: right;"><em>Fuente: El País</em></p>
</blockquote>
<p>El sistema, denominado RIP por sus siglas en ingés, consiste en variaciones del grosor del papel del cigarrillo de forma que se apaga sólo al ahogarse si no se realizan las correspondientes caladas. De esta forma, el cigarrillo se apaga si es abandonado.</p>
<p>Según la Comisión, los incendios relacionados con cigarrillos sin apagar suman unos 30.000 al año, con un balance de 1.000 muertos y 4.000 heridos. En Finlandia se introdujeron hace dos años y este tipo de accidentes mortales se redujo en un 43%. Por ello, la Unión Europea espera salvar unas 500 vidas al año con la nueva norma, que forma parte de la drectiva general de Seguridad en los Productos.</p>
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		<title>Incendio en una bodega en La Rioja</title>
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		<pubDate>Mon, 07 Nov 2011 07:37:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[La Bodega Señorío de Villarrica, situada en el la carretera nacional 120, en el término municipal de Hervías, en la Rioja, ha sufrido un grave incendio que la ha reducido prácticamente a escombros. Aunque no provocó daños personales, el incendio acabó &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/incendio-en-una-bodega-en-la-rioja/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div class="wp-caption alignright" style="width: 350px"><img title="Cómo quedaron las instalaciones" src="http://www.elpais.com/recorte/20111106elpepucul_2/LCO340/Ies/Bodegas_Villarica_calcinadas.jpg" alt="" width="340" height="222" /><p class="wp-caption-text">Fuente: El País</p></div>
<p>La <a href="http://www.villarrica.es/" target="_blank">Bodega Señorío de Villarrica</a>, situada en el la carretera nacional 120, en el término municipal de Hervías, en la Rioja, ha sufrido un grave incendio que la ha reducido prácticamente a escombros. Aunque no provocó daños personales, el incendio acabó con 400.000 litros de vino que se encontraban almacenados en las instalaciones de 8.000 m² afectadas.</p>
<p>El incendio se originó pasadas las cinco de la madrugada del domingo 6 de noviembre. Aunque no se conoce el origen con seguridad, presuntamente se inició en la cocina de la bodega; el fuego se propagó rápidamente por los comedores y por el resto de las instalaciones.</p>
<address><em>Fuente: El País</em></address>
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		<title>Cambios en ADR 2011</title>
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		<pubDate>Mon, 07 Nov 2011 07:03:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contra incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Industriales]]></category>
		<category><![CDATA[Material de lucha contra incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Normativas]]></category>

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		<description><![CDATA[Como conocéis el ADR 2011 introdujo una modificación en lo que se refiere a extintores que deben llevar los vehículos que transportan mercancías peligrosas, de forma que a paritr del 1 de julio de 2011, dichos extintores deben cumplir lo &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/cambios-en-adr-2011/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Como conocéis el ADR 2011 introdujo una modificación en lo que se refiere a extintores que deben llevar los vehículos que transportan mercancías peligrosas, de forma que a paritr del 1 de julio de 2011, dichos extintores deben cumplir lo siguiente:</p>
<p><em> &#8220;8.1.4.3 Los agentes extintores deberán estar adaptados para la utilización a bordo de un vehículo y cumplir las disposiciones pertinentes de la norma EN 3 Extintores de incendio portátiles, Parte 7 (EN 3-7:2004 + A1:2007)&#8221;<br />
</em><br />
cuando hasta dicha fecha deben cumplir:</p>
<p><em> &#8220;8.1.4.3 Los agentes extintores deberán estar adaptados para la utilización a bordo de un vehículo y cumplir las disposiciones pertinentes de la norma EN 3 Extintores de incendio portátiles, Partes 1 a 6 (EN 3-1:1996; EN 3-2:1996; EN 3-3:1994; EN 3-4:1996; EN 3-5:1996, EN 3-6:1995).&#8217;</em></p>
<p>Dado que la mayoría de los extintores han sido fabricados con anterioridad, se planteaba el problema de su adaptación o sustitución.  En este sentido, la Asociación Nacional de Fabricantes de Extintores contra Incendios planteo una consulta al Ministerio de Fomento, que en comunicado de 2 de agosto contesta lo siguiente:</p>
<p><em>&#8220;&#8216;..Por todo lo anteriormente expuesto los exintores actualmente en servicio en los vehículos que transporten mercancías peligrosas no tendrán que ser cambiados por otros que cumplan la norma anteriormente citada, siempre y cuando estén en perfecto uso y cuenten con las perceptivas inspecciones periódicas.&#8221;</em></p>
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		<title>Sustitución de los detectores automáticos de incendio</title>
		<link>http://www.canolopera.info/sustitucion-de-los-detectores-automaticos-de-incendio/</link>
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		<pubDate>Fri, 27 May 2011 10:13:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contra incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Incendios]]></category>
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		<category><![CDATA[No industriales]]></category>
		<category><![CDATA[Normativas]]></category>

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		<description><![CDATA[La norma UNE 23 007 sobre &#8220;Sistemas de detección y alarma de incendios&#8221;, en su Parte 14: &#8220;Planificación, diseño, instalación, puesta en servicio, uso y mantenimiento&#8221; ha sido actualizada desde la vigente versión del año 1996 a la 2009. Entre &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/sustitucion-de-los-detectores-automaticos-de-incendio/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La norma UNE 23 007 sobre &#8220;Sistemas de detección y alarma de incendios&#8221;, en su Parte 14: &#8220;Planificación, diseño, instalación, puesta en servicio, uso y mantenimiento&#8221; ha sido actualizada desde la vigente versión del año 1996 a la 2009.</p>
<p>Entre otros modificaciones, cabe destacar en su apartado A.11.2.1 sobre el mantenimiento rutinario:</p>
<p>&#8220;(&#8230;)</p>
<p>La vida media de los detectores automáticos de incendio en condiciones ambientales normales es de 10 años, transcurridos los cuales debe procederse a su sustitución. Ahora bien, si las condiciones ambientales son más severas y además se encuentran expuestos a muchas variaciones de humedad y elevadas concentraciones de partículas como el serrín, harinas, aceites en suspensión o polvo en general, su tiempo de vida se verá afectado y consecuentemente rebajado drásticamente.</p>
<p>(&#8230;)&#8221;.</p>
<p>Puede encontrar la norma <a href="http://www.aenor.es/aenor/normas/normas/fichanorma.asp?tipo=N&amp;codigo=N0044305&amp;PDF=Si" target="_blank">aquí</a>.</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Prohibición y retirada de PFOs</title>
		<link>http://www.canolopera.info/prohibicion-y-retirada-de-pfos/</link>
		<comments>http://www.canolopera.info/prohibicion-y-retirada-de-pfos/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 27 May 2010 10:21:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Material de lucha contra incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Normativas]]></category>
		<category><![CDATA[Restricciones al uso]]></category>

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		<description><![CDATA[Está en vigor la Directiva 2006/122 CE del Parlamento Europeo, la cual prohíbe la comercialización y el uso de determinadas sustancias y componentes nocivos (fluorados) que se encuentran en algunos de los espumógenos utilizados para la lucha contra incendios. Dicho &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/prohibicion-y-retirada-de-pfos/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Está en vigor la Directiva 2006/122 CE del Parlamento Europeo, la cual prohíbe la comercialización y el uso de determinadas sustancias y componentes nocivos (fluorados) que se encuentran en algunos de los espumógenos utilizados para la lucha contra incendios.</p>
<p>Dicho producto deberá ser retirado totalmente del mercado antes del próximo 27 de junio de 2011, teniendo que ser sustituido por espumógeno libre de componentes fluorados.</p>
<p><a title="Extintores Cano Lopera, S.L." href="http://www.canolopera.com">Extintores Cano Lopera, S.L.</a> le ofrece el servicio de retirada y destrucción del stock de espumógeno que todavía tengan en sus instalaciones y que contengan algún componente f1uorado, así mismo les ofrece la posibilidad de sustituirlo por cualquiera de los espumógenos que comercializamos totalmente biodegradables, cumpliendo así tanto con las exigencias normativas como con las necesidades de su empresa.</p>
<p><a title="Directiva 2006/122/CE del Parlamento Europeo" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:372:0032:0034:es:PDF">Consultar  la Directiva 2006/122 CE del Parlamento Europeo</a></p>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow: hidden;">Directiva 2006/122 CE del<br />
Parlamento Europeo</div>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>RD 2267/2004 por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales</title>
		<link>http://www.canolopera.info/rd-22672004-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-seguridad-contra-incendios-en-los-establecimientos-industriales/</link>
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		<pubDate>Mon, 10 May 2010 08:46:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contra incendios]]></category>
		<category><![CDATA[Industriales]]></category>
		<category><![CDATA[Normativas]]></category>
		<category><![CDATA[Señalización]]></category>

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		<description><![CDATA[RD 2267/2004 por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos insdustriales Este reglamento tiene por objeto de conseguir un grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de uso &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/rd-22672004-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-seguridad-contra-incendios-en-los-establecimientos-industriales/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a title="RD 2267/2004 por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales" href="http://www.boe.es/boe/dias/2004/12/17/pdfs/A41194-41255.pdf" target="_blank">RD 2267/2004 por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos insdustriales</a></p>
<p>Este reglamento tiene por objeto de conseguir un grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de uso industrial. La presencia del riesgo de incendio en los establecimientos<br />
industriales determina la probabilidad de que se desencadenen incendios, generadores de daños y pérdidas para las personas y los patrimonios, que afectan tanto a ellos como a su entorno.<br />
La Norma básica de la edificación, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, establece las condiciones que deben reunir los edificios, excluidos los de uso industrial, para proteger a sus ocupantes frente a los riesgos  originados por un incendio y para prevenir daños a terceros.<br />
La regulación de las condiciones que deben cumplir los aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación y mantenimiento, además de la regulación de los instaladores y mantenedores, está prevista en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y en la Orden de 16 de abril de 1998.</p>
<div id="_mcePaste" style="position: absolute; left: -10000px; top: 0px; width: 1px; height: 1px; overflow: hidden;">Este reglamento tiene por objeto de conseguir un<br />
grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los<br />
establecimientos e instalaciones de uso industrial.<br />
La presencia del riesgo de incendio en los establecimientos<br />
industriales determina la probabilidad de que se<br />
desencadenen incendios, generadores de daños y pérdidas<br />
para las personas y los patrimonios, que afectan<br />
tanto a ellos como a su entorno.<br />
La Norma básica de la edificación, aprobada por el<br />
Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, establece las<br />
condiciones que deben reunir los edificios, excluidos los<br />
de uso industrial, para proteger a sus ocupantes frente a<br />
los riesgos originados por un incendio y para prevenir<br />
daños a terceros.<br />
La regulación de las condiciones que deben cumplir<br />
los aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación<br />
y mantenimiento, además de la regulación de los instaladores<br />
y mantenedores, está prevista en el Reglamento de<br />
instalaciones de protección contra incendios, aprobado<br />
por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y en la<br />
Orden de 16 de abril de 1998.</div>
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		</item>
		<item>
		<title>Código Técnico de la Edificación &#8211; Documento Básico de Seguridad de caso de Incendio (DB SI)</title>
		<link>http://www.canolopera.info/codigo-tecnico-de-la-edificacion-documento-basico-de-seguridad-de-caso-de-incendio-db-si/</link>
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		<pubDate>Wed, 05 May 2010 06:19:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contra incendios]]></category>
		<category><![CDATA[No industriales]]></category>
		<category><![CDATA[Normativas]]></category>
		<category><![CDATA[Señalización]]></category>

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		<description><![CDATA[Código Técnico de la Edificación &#8211; Documento Básico de Seguridad de caso de Incendio (DB SI) El 6 de mayo de 2000 entró en vigor la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE). La Ley &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/codigo-tecnico-de-la-edificacion-documento-basico-de-seguridad-de-caso-de-incendio-db-si/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a title="Código Técnico de la Edificación - Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio" href="http://www.codigotecnico.org/fileadmin/Ficheros_CTE/Documentos/CTEmar10/DB_SI_19feb2010_01.pdf" target="_blank">Código Técnico de la Edificación &#8211; Documento Básico de Seguridad de caso de Incendio (DB SI)</a></p>
<p><span style="font-size: x-small;">El 6 de mayo de 2000 entró en vigor  la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación  (LOE). La Ley &#8220;<strong>tiene por objeto </strong>regular en sus aspectos  esenciales el proceso de la edificación, estableciendo las obligaciones y  responsabilidades de los agentes que intervienen en dicho proceso, así  como las garantías necesarias para el adecuado desarrollo del mismo, con  el fin de <strong>asegurar la calidad</strong> mediante el cumplimiento de los <strong>requisitos  básicos </strong>de los edificios y la adecuada protección de los intereses  de los usuarios&#8221;. </span></p>
<p><span style="font-size: x-small;">Según la LOE &#8220;tendrán la <strong>consideración  de edificación</strong>&#8230;, y requerirán un <strong>proyecto</strong>&#8230; las obras de  edificación de nueva construcción, &#8230;las obras de ampliación,  modificación, reforma o rehabilitación&#8230;, las obras que tengan el  carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que  dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o  histórico-artístico&#8230;&#8221; y considera &#8220;comprendidas en la edificación sus  instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de  urbanización que permanezcan adscritos al edificio&#8221;.</span></p>
<p><span style="font-size: x-small;">La LOE establece los siguientes <strong>requisitos  básicos </strong>que deben satisfacerse con el fin de garantizar la  seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección  del medio ambiente: </span></p>
<ul>
<li><span style="font-size: x-small;">los relativos a la  <strong>funcionalidad</strong> (utilización, accesibilidad y acceso a  los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información) </span></li>
<li><span style="font-size: x-small;">los relativos a la <strong>seguridad</strong> (estructural, en  caso de incendio y de utilización) </span></li>
<li><span style="font-size: x-small;">los  relativos a la <strong>habitabilidad</strong> (higiene, salud y  protección del medio ambiente, protección contra el ruido, ahorro de  energía y aislamiento térmico y otros aspectos funcionales) </span></li>
</ul>
<p><span style="font-size: x-small;">En su Disposición Final Segunda la LOE  autoriza al Gobierno para la aprobación de un <strong>Código Técnico de la  Edificación </strong>que establezca las exigencias que deben cumplir los  edificios en relación con los <strong>requisitos básicos </strong>de s<strong>eguridad</strong> y habitabilidad. Hasta que se apruebe el CTE, para satisfacer los <strong>requisitos  básicos </strong>se aplicarán las <strong>Normas Básicas de la Edificación (NBE)</strong> y las demás reglamentaciones técnicas de obligado cumplimiento.</span></p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>RD393/2007 &#8211; Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias</title>
		<link>http://www.canolopera.info/rd3932007-norma-basica-de-autoproteccion-de-los-centros-establecimientos-y-dependencias/</link>
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		<pubDate>Tue, 27 Apr 2010 10:26:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Autoprotección]]></category>
		<category><![CDATA[Normativas]]></category>

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		<description><![CDATA[Texto completo del RD393/2007 &#8211; Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el &#8230; <a href="http://www.canolopera.info/rd3932007-norma-basica-de-autoproteccion-de-los-centros-establecimientos-y-dependencias/">Continue reading <span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.canolopera.info/wp-content/uploads/2010/04/MI-RD393-2007-Norma-Básica-de-Autoprotección-de-los-centros-establecimientos-y-dependencias.pdf">Texto completo del RD393/2007 &#8211; Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias</a><!-- 		@page { margin: 2cm } 		P { margin-left: 1.01cm; margin-bottom: 0.21cm; text-align: justify; page-break-before: auto } 		P.western { font-family: "Calibri", sans-serif; font-size: 12pt } 		P.cjk { font-size: 12pt } 		P.ctl { font-size: 12pt } --></p>
<p>El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de éstas actuaciones con el sistema público de protección civil. El Plan de  Autoprotección aborda la identificación y evaluación de los riesgos, las acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, así como las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia.</p>
<p>Sus objetivos son los siguientes:</p>
<ol type="a">
<li>Conocer el edificio y sus instalaciones 	(continente y contenido), la peligrosidad de los distintos sectores 	y los medios de protección disponibles, las carencias existentes 	según la normativa vigente y las necesidades que deban ser 	atendidas de forma prioritaria.</li>
<li>Garantizar la fiabilidad de todos los medios 	de protección y las instalaciones generales.</li>
<li>Evitar las causas de las emergencias.</li>
<li>Disponer de personas organizadas, formadas y 	adiestradas que garanticen rapidez y eficacia en las acciones a 	emprender para el control de las emergencias.</li>
<li>Tener informados a todos los ocupantes del 	local de cómo deben actuar ante una emergencia y en condiciones 	normales para su prevención.</li>
</ol>
<p>El Plan de Autoprotección deberá, asimismo, hacer cumplir la normativa vigente sobre seguridad, facilitar las inspecciones de los servicios de la Administración y preparar la posible intervención de los recursos y medios exteriores en caso de emergencia (Bomberos, Ambulancias, Policía, etc.). Las Entidades responsables de la redacción e implantación de un Plan de Autoprotección podrán seguir criterios distintos a los contenidos en este Manual siempre que garanticen niveles de seguridad equivalentes y sean aprobados por la autoridad competente.</p>
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		<title>3ª Jornada de Protección Contra Incendios</title>
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		<pubDate>Fri, 09 Apr 2010 08:59:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>marco</dc:creator>
				<category><![CDATA[Normativas]]></category>
		<category><![CDATA[señalización cano lopera]]></category>

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		<description><![CDATA[En esta ocasión sobre Señalización de seguridad y evacuación]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En esta ocasión sobre Señalización de seguridad y evacuación <a href="http://www.canolopera.info/wp-content/uploads/2010/04/3erajornada_1.jpg"><img src="http://www.canolopera.info/wp-content/uploads/2010/04/3erajornada_1-300x199.jpg" alt="" title="Presentación Jornada" width="300" height="199" class="alignnone size-medium wp-image-9" /></a><a href="http://www.canolopera.info/wp-content/uploads/2010/04/3erajornada_2.jpg"><img src="http://www.canolopera.info/wp-content/uploads/2010/04/3erajornada_2-300x199.jpg" alt="" title="Orador" width="300" height="199" class="alignnone size-medium wp-image-10" /></a></p>
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